María Alaye
Mariana Otero
Pablo Rivadulla
Gustavo Iriarte
Luis Picoli

Programa del Archivo y la Verdad Histórica,
Dirección General de Cultura y Educación

Experiencia de Memoria, Verdad
y Justicia. El Archivo de la Verdad
Histórica de la DGCyE

Resumen

Se relata la experiencia referida a la reparación de documentación oficial de personas que fueron víctimas del terrorismo de Estado llevada adelante por del Archivo de la Verdad Histórica de la DGCyE en el ámbito educativo bonaerense. Se profundiza sobre las significaciones de la reparación en el contexto de la política pública de Memoria, Verdad y Justicia. Y se realiza una exposición final sobre el cumplimiento de metas desde su creación en 2022.

Palabras clave

Derechos Humanos, Reparación de legajos, Memoria, Desaparecidos, Terrorismo
de Estado.

Archivo: “Institución cuya finalidad consiste en la adquisición, conservación, estudio y exposición de archivos y fondos documentales”.

Diccionario de la Real Academia Española


La Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) tiene una extensa y prolífica relación con el trabajo de registro. Una parte sustancial del trabajo diario de sus auxiliares, administrativos y docentes es ordenar datos utilizando como referencia un complejo entramado legal, normativo y curricular. Desde las trayectorias educativas, a la clasificación de los títulos de los docentes, pasando por el ingreso a la docencia o la administración presupuestaria se suceden un sinfín de procesos de “anotación”, “seguimiento”, “evaluación”, que, en su conjunto, cooperan con el cumplimiento de los objetivos educativos del sistema.

Pero la individuación de los sujetos en legajos, nóminas y listados describe sólo una dimensión de las personas: aquella que resulta significativa para los procesos pedagógicos y de administración. Cada historia vital queda subsumida en categorías propias del espacio institucional. Y este ejercicio burocrático, necesario, que visibiliza trayectorias laborales y educativas fue transformado durante la vigencia del terrorismo de Estado (1974-1976), en el entramado que ocultaba la persecución, el secuestro, la desaparición y el asesinato de cientos de estudiantes, docentes, administrativas, administrativos y auxiliares.

La represión sobre el sistema educativo bonaerense, en el caso que tratamos, potenció esa despersonalización. Se expresa en los actos institucionales donde se reparan legajos de víctimas del terrorismo de Estado que, frente a la ausencia de alguien en una escuela, los registros nos informan solo de un acontecer formal. Un escueto señalamiento administrativo: la sanción de reiteradas inasistencias, seguido de una raya cruzada que pone fin a las anotaciones. Una acción rígidamente anclada en el mandato normativo por voluntad dictatorial.

Paradoja del advenimiento democrático, ese dato de economía pavorosa, inserto en un libro matriz, en un legajo o en cualquier otra documentación producida por las instituciones educativas y administrativas de la DGCyE resulta vital para el trabajo que llevan adelante el Archivo y la Comisión de la Verdad Histórica. Su presencia, metáfora de silencio y punto final, es la condición de posibilidad para la acción reparativa.

Buscamos estudiantes, docentes, auxiliares y administrativos que fueron víctimas del terrorismo de Estado al momento de su desempeño en el actual sistema educativo bonaerense. A falta de otros datos formales, resulta esencial leer en sus legajos el enunciado: “egreso por inasistencias” o “abandono de cargo”.

Reparar

La calle Lacoste cruza la ciudad bonaerense de Lobos desde su límite este hasta el cruce con la céntrica Buenos Aires. Antiguamente denominada Rauch, el nombre fue impuesto en 2015 por la Ordenanza n° 2783 del Concejo Deliberante de ese partido. Más tarde, en 2015, la misma institución democrática estableció, '"el día 15 de octubre de cada año, como 'Día de la lucha por los Derechos Humanos en Lobos' […] En memoria de la fecha en que fue secuestrado y desaparecido nuestro convecino Profesor Luis Oscar Lacoste.

Lacoste era Profesor de Letras y librero. Se desempeñaba como docente en el Colegio Nacional de Lobos (actual Escuela de Educación Media n° 1). En los días previos a ser víctima del terrorismo de Estado, una comisión de padres y madres de esa institución elevaron una nota a las autoridades escolares. Denunciaban al docente por impartir contenidos inapropiados para el sesgado currículo que propiciaba la dictadura cívico-militar. Corría el último trimestre escolar del “occidental y cristiano” 1976.

Al día siguiente de su secuestro, los estudiantes del Colegio Nacional preguntaron por su ausencia. El preceptor ensayó una respuesta de compromiso: “se fue a pescar”. Días más tarde, la institución puso punto final a la situación con una sanción definitiva en su legajo: “abandono de cargo”. En lo que respecta a la administración escolar de la época, no hubo nada más que agregar.

Tuvieron que pasar treinta y nueve años para que, a través de la Resolución n° 407/15, la Dirección General de Cultura y Educación inscribiera en la foja de Lacoste que la verdadera causa de su ausencia fue haber sido “víctima del accionar del terrorismo de Estado”.

¿Qué es reparar? En Palabras clave: (para una pedagogía de la memoria), la entrada “Reparación de legajos” explica lo siguiente:

Reparar significa enmendar, corregir, subsanar, remediar, componer. La reparación no es un acto meramente administrativo […] tiene implicancias simbólicas y materiales, tanto para las familias de las víctimas como para la comunidad. En el caso de reparación de legajos en la escuela, implica reconocer que allí hubo docentes, estudiantes, auxiliares y personal administrativo cuyas trayectorias fueron interrumpidas por el accionar represivo: personas que tenían proyectos para esa comunidad, que eran parte de sus redes de enseñanza y afecto. La reparación es un acto pedagógico, un desagravio a sus memorias, repone la verdad sobre el motivo de sus ausencias y habilita a que las y los integrantes de la comunidad educativa puedan reelaborar la historia de su institución (Adamoli, 2025, p. 175).

En el libro matriz del Colegio Nacional de Vicente López (actual Escuela de Educación Secundaria n° 6) figura que Jaime Gerardo Szerzón, de quince años, cursaba tercer año del bachillerato. Que había nacido el 12 de diciembre de 1960, que tenía un determinado desempeño académico y algunos datos más. Con variaciones el mismo tipo de información se registra para Liliana Beatriz Caimi, Eduardo Oscar Muñiz, Leticia Andrea Veraldi, Gabriela Mónica Petacchiola y las hermanas Leonora y María Zimmermann. Se destaca un dato común: a fines de 1976 dejaron la escuela sin terminar sus estudios.

Lo que los registros no “decían” fue contado, año tras año, por las exalumnas y los exalumnos exiliados: Marisa Silvia Geinger, Luis Nach, Pablo Nemirovsky, Pablo Alfredo Pizzutiello, quienes mantuvieron visibles sus presencias.

En la madrugada del 2 de abril de 1976, un operativo ilegal secuestró a Szerzon y su hermana, Lía, del domicilio familiar en Vicente López. Días después sus cuerpos aparecieron en los Bañados de Boulogne, San Isidro. La misma suerte corrieron Caimi, Petacchiola, Muñiz, las hermanas Zimmermann y Veraldi que, a pesar de huir a la Patagonia, fue secuestrada un año después. Siete alumnas y alumnos del Colegio Nacional de Vicente López secuestrados, asesinados y desaparecidos. Cuatro exiliados. Tenían entre quince y dieciocho años.

En la escuela el relato de las exiliadas y los exiliados pudo ser percibido por alguien como una historia particular: la historia de “ellas” y “ellos”. Pero las reparaciones ordenadas por la DGCyE en las actuaciones documentadas por la institución pusieron el acontecimiento aberrante en el centro de la historia escolar. Hicieron justicia con el grupo de estudiantes que padecieron la peor de las violencias. Instalaron en el centro de la historia institucional una verdad que permanecía en los márgenes. Iluminaron sobre aquello que nunca más debe volver a ocurrir.

El procedimiento material de la reparación consiste en informar en los documentos obrantes en instituciones educativas y dependencias administrativas de la DGCyE (libros matriz, registros de asistencia, legajos personales en estudiantes, fojas y legajos de las trabajadoras y los trabajadores de la educación) acerca de la verdadera causa actuante en la interrupción de trayectorias escolares y/o laborales. Donde un registro oficial consigna “egreso por inasistencias” o “abandono de cargo” la resolución reparativa ordena inscribir la causa verdadera: víctima del terrorismo de Estado.

Al mismo tiempo, se cumple con la Ley provincial n° 15.204 que indica la integración de estas personas al Registro Único de Trabajadoras y Trabajadores Estatales y de Estudiantes. El señalamiento físico de la institución educativa o administrativa correspondiente, con la colocación de una placa recordatoria de las víctimas de terrorismo de Estado. Procedimiento que se replica en el Mapa Escolar de la Subsecretaría de Planeamiento Educativo de la DGCyE.

Las resoluciones reparativas junto a los señalamientos físicos y virtuales y el conjunto de las acciones desarrolladas por las comunidades educativas, las y los estudiantes, y las trabajadoras y los trabajadores de educación constituyen el fondo documental del Archivo de la Verdad Histórica. Este patrimonio tiene un valor pedagógico reseñado en párrafos anteriores y, también, en un sentido más amplio, se encuentra contenido en el marco general de las políticas públicas provinciales de Memoria, Verdad y Justicia.

Trabajo colectivo

Antes del proceso de firma de las resoluciones reparatorias por parte de las autoridades de la DGCyE se ponen en juego mecanismos de participación que involucran un amplio espectro de actores sociales e institucionales.

En primer lugar, se realiza un proceso de identificación de las víctimas del terrorismo de Estado pertenecientes al ámbito educativo bonaerense. Proceso concurrente donde participan sus familiares y los colectivos de trabajo, estudio y militancia a los que pertenecieron, junto a comisiones gremiales locales, organismos de Derechos Humanos (DDHH), movimientos sociales y comunidades educativas.

Luego, el equipo del Programa del Archivo, dependiente de la Subsecretaría de Educación coordina la búsqueda de la documentación probatoria que da cuenta de la pertenencia de las víctimas al sistema educativo provincial.

Por último, los casos son puestos a consideración de la Comisión de la Verdad Histórica de la DGCyE cuya función es elaborar y elevar a las autoridades educativas los proyectos de reparación. Como mencionamos arriba, esta instancia también implica una amplia representación institucional y sectorial. Su integración incluye representantes de la Subsecretaría de Educación, del Consejo General de Educación, de la Dirección de Consejos Escolares, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, la Comisión Provincial de la Memoria y por delegadas y delegados de los gremios de docentes, auxiliares y administrativos del ámbito educativo.

Desde la creación de la Comisión, Resolución n° 229/12, y del Programa del Archivo n° 1401/22 se han realizado 58 reparaciones de estudiantes, docentes, administrativas, administrativos y auxiliares en los distritos de: Almirante Brown, Berazategui, Florencio Varela, Gral. Pueyrredón, La Plata, Lomas de Zamora, La Matanza, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Merlo, Moreno, Morón, Quilmes, San Martín, Tigre, y Vicente López. Y se encuentran a la firma otras 28 resoluciones reparativas.

Asimismo, a través de un trabajo conjunto con los sindicatos de trabajadores de educación, representantes de la Subsecretaría de DDHH y de la Comisión Provincial de la Memoria (CPM), el Archivo de la Verdad Histórica realizó un relevamiento de las bajas operadas en el marco de la vigencia del Decreto -Ley n° 8695 del 2 abril de 1976, ordenado por la dictadura cívico-militar, diez días después del último golpe de Estado.

Esta norma, viciada de nulidad, permitió a la intervención militar de la provincia de Buenos Aires despedir a trabajadoras y trabajadores estatales por el causal de “actividades disociatorias”, sin posibilidad de resguardo legal o normativo, vulnerando el derecho constitucional de estabilidad en el empleo público.

La investigación finalizó con la resolución RESOC-2025-915-GDEBA-DGCyE que ordena la reparación de legajos de 1.200 de docentes, auxiliares y personal administrativo fundamentado en la presunción de ilegitimidad de bajas y ceses, que las leyes de la democracia de la provincia de Buenos Aires establecieron para los períodos dictatoriales. Una legislación avanzada en la materia, que no tiene antecedentes en la jurisdicción nacional.

Esta breve reseña pretende poner de relieve que el trabajo colectivo es una condición central para la realización de la tarea encomendada al Archivo de la Verdad Histórica.

En su origen las solicitudes de reparación constituyeron parte de la estrategia de familiares, organismos de DDHH y organizaciones gremiales para hacer visible a las víctimas del terrorismo de Estado. La progresiva integración del programa de Memoria, Verdad y Justicia como política pública implicó la apertura del Estado a la reconstrucción de la historia de sus instituciones y a la reparación de sus trabajadoras, trabajadores y estudiantes. Hoy, como ayer, es una tarea que precisa de todas y todos.

En un universo siempre abierto, investigamos el vínculo con el sistema educativo provincial de 220 menores de 18 años y 400 trabajadoras y trabajadores de la educación. Todos ellos secuestrados que permanecen desaparecidos o fueron asesinados.

Fuentes

DGCyE. (2015, 26 de marzo). Resolución 405/15. Extiende la resolución 299/12 a los casos de homicidio. https://bit.ly/3ZsEKHN

DGCyE. (2022, 22 de marzo). Resolución 413/22-GDEBA-DGCyE. Convocatoria a la Comisión de la Verdad Histórica de la DGCyE. https://bit.ly/4kBwxJM

DGCyE. (2022, 13 de julio). Resolución 1402/22-GDEBA-DGCyE. Creación del Programa del Archivo y la Verdad Histórica. https://bit.ly/43XY15t

DGCyE. (2025, 25 de marzo). Resolución 915/25-GDEBA-DGCyE. Señalamiento y/o rectificación, agentes perseguidos por el terrorismo de Estado. https://bit.ly/3ZX5D6S

Real Academia Española. (2014). Diccionario de la Lengua Española. 23ra. edición. www.dle.rae.es

Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires. (1999, 10 de diciembre). Ley 11.729 y modificatorias. Reparación de personas víctimas de prisión, exilio o privación de la libertad en los períodos iniciados el: 16 de septiembre de 1955; 5 de junio de 1962; 28 de junio de 1966 y 24 de marzo de 1976. https://normas.gba.gob.ar/documentos/Bodn8hzV.html

Senado y Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires (2020, 3 de diciembre). Ley 15.204. Creación de Registro Único de Trabajadoras y Trabajadores Estatales y Estudiantes víctimas de asesinato y/o desaparición. https://normas.gba.gob.ar/documentos/VwyZg4tW.html

Referencias bibliográficas

Adamoli, C. (ed.) (2025). Palabras clave para una pedagogía de la memoria: una herramienta para abordar el terrorismo de Estado y los Derechos Humanos en las escuelas bonaerenses. Dirección General de Cultura y Educación.


Anuario sobre Bibliotecas, Archivos y Museos Escolares, Volumen 5, 2025
María Alaye | Mariana Otero | Pablo Rivadulla | Gustavo Iriarte | Luis Picoli
Experiencia de Memoria, Verdad y Justicia. El Archivo de la Verdad Histórica de la DGCyE| pp. 110 a 116